Cuando alguien que no es el padre o la madre necesita una orden judicial para la custodia de un menor — o autoridad sobre dinero que le corresponde a un menor — California usa el proceso de tutela. Preparamos el paquete completo de la petición a su dirección, con o sin Órdenes Temporales para situaciones urgentes, cubriendo la tutela de la persona y del patrimonio.
La tutela de la persona cubre el cuidado, la custodia y las decisiones diarias del menor; la tutela del patrimonio cubre dinero o bienes que le corresponden al menor — por ejemplo una herencia o un seguro de vida que una institución solo entregará a un tutor nombrado por el tribunal. Muchas peticiones incluyen ambas.
Establecer la tutela puede tomar meses e incluye al menos una audiencia más notificación a ambos padres, ambos pares de abuelos, hermanos mayores de 12 y agencias estatales. Cuando hay una necesidad urgente, el tribunal puede nombrar un tutor temporal para el período antes de la audiencia — ese es el paquete Con Órdenes Temporales.
Sí — según los límites publicados: nombramientos de tutor en espera, menores de herencia indígena americana o nativa de Alaska, menores bajo tutela del tribunal, o residentes de instituciones estatales. Hay referencias gratuitas a abogados para esas situaciones.