Agregar o quitar un nombre del título, transferir propiedad a su fideicomiso, o completar una transferencia por divorcio — todo usa una escritura correctamente preparada y registrada. Usted nos indica el cambio que decidió — la preparamos y registramos a su dirección, incluyendo los documentos requeridos del condado.
Según la guía publicada del condado: las escrituras de concesión son comunes para ventas, regalos y agregar familiares al título; las de renuncia ceden cualquier interés que alguien pueda tener (común en divorcios); las escrituras entre cónyuges mueven propiedad entre esposos. Cuál corresponde es su decisión — una biblioteca legal o un abogado puede ayudarle a investigar, y hay referencias gratuitas.
Los asesores del condado revisan las escrituras registradas; un cambio de propiedad puede provocar un revalúo, pero el estado publica exclusiones — transferencias entre cónyuges, ciertas transferencias entre padres e hijos, y más. Un PCOR se presenta con cada registro; el asesor de su condado o un abogado puede orientarle sobre cuáles exclusiones aplican.
Sí — a su dirección presentamos la escritura firmada y notarizada con el PCOR ante el registrador del condado, y el original registrado se le devuelve. Las cuotas de registro del condado son aparte.